Aprobada la ayuda de acompañamiento de 430,27.-€ a los contratos de formación y aprendizaje publicada en el BOE el 04 de julio, entrará en vigor a partir del 04 de agosto de 2018.
DISPOSICIONES GENERALES
- Ayuda económica de acompañamiento para jóvenes con baja formación académica.
- Será compatible con las medidas de fomento de empleo que puedan establecer las comunidades autónomas en su ámbito de gestión.
- El joven beneficiario NO cotizará a la Seguridad Social por esta ayuda económica de acompañamiento.
- La ayuda es compatible con las bonificaciones del 100% en los seguros sociales que obtiene la empresa durante toda la vigencia del contrato.
BENIFICIARIOS
- a) Jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía juvenil.
- b) Comprometidos a iniciar y realizar una actividad formativa.
- c) No estar en posesión de ninguno de los siguientes títulos:
– Título de bachiller.
-Título de Técnico de grado medio.
-Título oficial de nivel superior de bachiller.
-Títulos oficialmente reconocidos como equivalentes a los anteriores.
-Certificado de Profesionalidad de nivel 2 ó 3.
CUANTIA Y DURACION DE LA PRESTACION
-Se sumará al salario del trabajador 430,27.-€ mensuales.
-Tendrá una duración máxima de 18 meses, en caso de personas con grado de discapacidad igual o superior al 33% la duración se amplía a 36 meses.
REQUISITOS
-La ayuda la podrán solicitar trabajadores mayores de 16 años y menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que no tenga una titulación superior a la ESO, en el momento de suscribir el contrato de formación y el aprendizaje.
-El contrato de formación deberá tener una duración mínima de 1 año.
-El trabajador deberá solicitar la ayuda en el SEPE en los 15 días hábiles posteriores al inicio del contrato de trabajo.
-El trabajador debe comprometerse a realizar la formación.
La celebración del contrato de formación y el aprendizaje será la necesaria para la obtención de certificados de profesionalidad completos.
¿Y LAS VENTAJAS DEL CONTRATO DE FORMACION PARA LAS EMPRESAS?
-Las Empresas que celebren contratos de formación y el aprendizaje con personas demandantes de empleo e inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, tendrán derecho a una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la seguridad social.
-Las Empresas se podrán bonificar 3.000.- € al año durante 3 años si transforman en indefinido el contrato en formación con la ayuda de los 430,27.-€. (la transformación del contrato deberá realizarla a jornada completa).
Quedamos a vuestra entera disposición para cualquier aclaración al respecto.















