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Durante el ejercicio 2019 la Inspección de Trabajo en la lucha contra el empleo irregular centrará sus actuaciones en los siguientes sectores:

  • Transporte
  • Agricultura
  • Hostelería, con una especial atención en las horas de trabajo nocturno, la campaña de temporada alta, así como las celebraciones de bodas, bautizos y comuniones.
  • Empleados del hogar
  • Industria del calzado
  • Construcción
  • Comercio minorista

En cuanto al Salario Mínimo Interprofesional del 2019 y la problemática de su aplicación, atendiendo al convenio colectivo de aplicación, se explicó la importancia de los conceptos de complementos salariales absorbibles, de los complementos homogéneos y de los art. 26.5 y 27 del Estatuto de los Trabajadores.

Especial mención al art. 12 del RDL 28/2018 y la posibilidad de inaplicar el S.M.I. del 2019 en los convenios colectivos vigentes a fecha de entrada en vigor del real decreto que utilicen el SMI como referencia para determinar la cuantía o el incremento del salario base o de complementeos salariales, así como las cuantías que se aplicarán en estos casos.

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